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Desempleo; obligaciones de los trabajadores

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B1 2 Desempleo; obligaciones de los trabajadoresEn relación con la prestación por desempleo los trabajadores tienen las siguientes obligaciones:

  • Cotizar por sus aportaciones a la contingencia de desempleo.
  • Presentar ante la oficina de empleo correspondiente, en el plazo de 15 días a partir del día siguiente a su situación legal de desempleo, la documentación necesaria para el reconocimiento o reanudación de la prestación.
  • Proporcionar la documentación acreditativa de la causa de suspensión o extinción del derecho, así como de la situación de incapacidad temporal.
  • Renovar la demanda de empleo (en la forma y fechas establecidas en el documento de renovación) y comparecer, cuando sea requerido, ante el INEM , las agencias de colocación y las entidades asociadas de los Servicios Integrados para el Empleo.
  • Participar en los trabajos de colaboración social, programas de empleo, o en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales, que determine el INEM o las entidades asociadas de los Servicios Integrados para el Empleo; y aceptar la colocación adecuada que le sea ofrecida por la Oficina de Empleo o por la Agencia de Colocación sin fines lucrativos.  trans Desempleo; obligaciones de los trabajadores

Se entiende por colocación adecuada, teniendo en cuenta la duración del contrato o de la jornada de trabajo:

  • La profesión demandada por el trabajador.
  • Cualquier colocación que se corresponda con su profesión habitual o cualquier otra que se ajuste a las aptitudes físicas y formativas del trabajador.
  • La última actividad desempeñada por el trabajador siempre que su duración hubiese sido igual o superior a 3 meses.

Transcurrido un año de percepción ininterrumpida de la prestación de desempleo, podrán ser adecuadas cualesquiera otras actividades que el INEM considere que pueden ser ejercidas por el trabajador.

La colocación se entenderá adecuada siempre que:

  • Que el tiempo mínimo de desplazamiento diario supera el 25% de la duración de la jornada diaria de trabajo.
  • Que el coste del desplazamiento supera el 20% del salario mensual.
  • Se ofrezca en el lugar de residencia habitual del trabajador o en otra que diste de ésta un máximo de 30 kilómetros, salvo que se acredite alguna de las siguientes circunstancias:-
  • Se ofrezca en un lugar en el que el trabajador tenga posibilidad de alojamiento apropiado.

En todo caso la colocación adecuada debe implicar un salario equivalente al aplicable al puesto de trabajo que se ofrece sin que pueda ser inferior, una vez descontados los gastos de desplazamiento, al SMI, que en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2011 asciende a 641,40 euros mensuales.

A efectos de considerar que una colocación es adecuada, el Servicio Público de empleo competente deberá tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • Las circunstancias profesionales y personales del desempleado
  • La conciliación de su vida familiar y laboral.
  • El itinerario de inserción fijado.
  • Las características del puesto de trabajo ofertado.
  • La existencia de medios de transporte para el desplazamiento.
  • Las características de los mercados locales de empleo.

Que le sea ofrecida por la Oficina de Empleo o por la Agencia de Colocación sin fines lucrativos.

  • Solicitar la baja en las prestaciones por desempleo cuando se produzcan situaciones de suspensión o extinción, o se dejen de reunir los requisitos exigidos para su percepción, en el momento de producirse dichas situaciones.

Esta solicitud puede realizarse por vía electrónica, mediante firma electrónica avanzada, a través de la dirección electrónica http:www.spee.gob.es/registro

  • Reintegrar las prestaciones indebidamente percibidas.
  • Devolver al INEM o a las agencias de colocación, en el plazo de 5 días, el justificante de haber comparecido a la oferta de empleo facilitada por dicho instituto.
  • Suscribir y cumplir las exigencias del compromiso de actividad, mediante la firma del modelo proporcionado por el INEM, entendiendo por tal el que adquiera el solicitante o beneficiario de la prestación, de buscar activamente empleo, aceptar una colocación adecuada y participar en acciones específicas de motivación, información, orientación, formación, reconversión o inserción profesional para incrementar su ocupabilidad.
  • Buscar activamente empleo y participar en acciones de mejora de la ocupabilidad que se determinen en el INEM, en su caso, dentro de un itinerario de inserción. La participación en acciones de mejora de la ocupabilidad será voluntaria durante los 100 primeros días de percepción de la prestación contributiva.

El incumplimiento de estas obligaciones da lugar a infracciones en el orden social.

Buenas noches y feliz día

 

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2 respuestas a Desempleo; obligaciones de los trabajadores

  • Ramón dice:

    He pedido orientación laboral en el servicio público de empleo y estoy pensando solicitar algún cursillo, el problema es que de tarde cuido a mi hijo pequeño mientras mi mujer trabaja. Tienen en cuenta esto o te pueden obligar a ir en horario de tarde a un curso?

    Saludos y gracias.

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